Orden General núm. 1, dada en Madrid el día 3 de enero de 2003 

 

ASUNTO : Organización de la Jefatura de Servicios Técnicos.

La Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de octubre de 2001, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. en concordancia con el artículo 4, apartado 8, del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, de estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, establece las funciones de las distintas Unidades y Servicios que la integran, incluyendo a la Jefatura de Servicios Técnicos entre las que dependen de la Subdirección General de Apoyo.

La citada Orden en su disposición final primera faculta al Director General de la Guardia Civil a dictar las resoluciones necesarias para su ejecución.

En su virtud, he tenido a bien disponer :

Primero. Organización.

1. La Jefatura de Servicios Técnicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano responsable de gestionar, controlar y mantener operativos los sistemas informáticos, de telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, así como de la investigación y desarrollo tecnológico de recursos materiales de aplicación a la actividad de dicho Cuerpo.

2. Contará con una Secretaria con la misión de auxiliar al titular de la misma en el desempeño de sus funciones.

3. De la Jefatura de Servicios Técnicos dependen los siguientes Servicios :

a) Servicio de Informática y Estadística.

b) Servicio de Telecomunicaciones.

c) Servicio de Innovación Tecnológica.

4. De la Jefatura de Servicios Técnicos dependerá la Oficina de Seguridad de Sistemas de Información y Comunicaciones como responsable de establecer un plan de seguridad en dichos sistemas, así como de diseñar la arquitectura que se derive de la legislación y de la política y objetivos de seguridad establecidos por la institución

5. Las sustituciones del Jefe de los Servicios Técnicos se efectuarán, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, por los titulares de los Servicios de acuerdo con el criterio de mayor empleo y antigüedad.

Segundo. Servicio de Informática y Estadística.

1. El Servicio de Informática y Estadística, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado de programar la adquisición, distribución, control y desarrollo de los sistemas y aplicaciones, así como su gestión técnica. Realizará la pr9gramación, obtención y análisis de los datos necesarios para la Guardia Civil, elaborando las estadísticas correspondientes, dando cumplimiento a los planes de los Ministerios del Interior y de Defensa en esta materia.

2. Contará con una Plana Mayor con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones, así como gestionar, administrar y elaborar los presupuestos de gastos del Servicio.

3. Del Servicio de Informática y Estadística dependen :

a) Sección de Informática. Tiene como cometidos los relacionados con :

- Sistemas y Bases de Datos en cuanto a su administración, gestión y mantenimiento. La realización de las auditorías de procedimiento, el control de las versiones y la optimización de los sistemas operativos y bases de datos.

- El desarrollo de aplicaciones considerado desde su fase de análisis, diseño y programación, así como la validación y pruebas necesarias.

- La explotación de los sistemas, entendiéndose como tal las tareas relacionadas con el control, la gestión y la supervisión permanente de los mismos.

- La Seguridad Informática dirigida a realizar la ejecución de las políticas adoptadas en la materia y el control de esta actividad mediante las auditorias informáticas internas.

- Supervisar la correcta explotación y mantenimiento de los sistemas periféricos y distribuidos.

b) Sección de Estadística. Tiene como cometidos los relacionados con la propuesta de los planes y programas estadísticos específicos de la Guardia Civil; la colaboración en la ejecución de los planes estadísticos del Ministerio del Interior; la coordinación e inspección de los órganos de ejecución de los escalones inferiores, velando por la recogida, depuración y elaboración de todos los datos estadísticos; la distribución de las publicaciones y trabajos estadísticos en el ámbito de la Guardia Civil y la propuesta de realización de los cursos informativos de técnicas estadísticas.

Tercero. Servicio de Telecomunicaciones.

1. El Servicio de Telecomunicaciones, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado de programar las necesidades en medios de telecomunicaciones, así como la gestión, instalación y mantenimiento de los mismos y su explotación técnica para asegurar los enlaces internos y externos de las distintas Unidades del Cuerpo.

2. Contará con una Plana Mayor con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones, así como la gestión, administración y control del gasto en materia de telecomunicaciones.

3. Del Servicio de Telecomunicaciones dependen las siguientes Secciones:

a) Sección Técnica. Es la responsable de la elaboración de la documentación técnica precisa, estudios sobre mejoras a introducir en los materiales y servicios, así como el diseño, la inspección y evaluación de los mismos. Es también responsable de la seguridad de las telecomunicaciones dirigida a la implantación de las políticas adoptadas en la materia y el control de esta actividad mediante auditorías internas.

Asimismo realizará la supervisión del espectro radioeléctrico en orden a su mejor aprovechamiento.

b) Sección de Apoyo. Tiene como cometidos los relacionados con la realización de tareas dirigidas a la gestión, instalación, control y mantenimiento de los sistemas, redes y servicios de telecomunicaciones; la gestión de los medios materiales, su calidad, el almacenamiento, mantenimiento, reparación y distribución de los mismos; asegurar los enlaces y apoyar a las Unidades, Centros y Organismos del Cuerpo en materia de telecomunicaciones.

Cuarto. Servicio de Innovación Tecnológica.

1. El Servicio de Innovación Tecnológica es el órgano encargado, en colaboración con las distintas Unidades y Servicios, del estudio y análisis de las nuevas tecnologías susceptibles de ser utilizadas por el Cuerpo de la Guardia Civil, manteniendo un banco de datos sobre las características y valoración económica, técnica y operativa de las mismas, y de sus aplicaciones y desarrollo.

2. Contará con una Plana Mayor con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones.

3. El Servicio de Innovación Tecnológica estará encargado de impulsar el uso de nuevas tecnologías, mediante la información, selección y asesoramiento de las que pueden ser de uso en la Guardia Civil. Entre sus cometidos estará el de participar en la planificación, diseño y evaluación de aquellos proyectos que incorporen nuevas tecnologías en la Guardia Civil, asumiendo los que el mando decida asignarle.

Quinto. Organización Periférica.

Estará constituida por los Grupos de Apoyo en Tecnologías de la Información (GATI,s) que se determinen, con los cometidos, estructura y dependencias establecidos en la Orden General número 7 de 3 de junio de 2002.

Sexto. Relaciones con las Unidades.

Sin perjuicio de las relaciones y de las dependencias orgánicas y técnicas de las Unidades del Cuerpo, las Comandancias o similares y Unidades superiores podrán relacionarse directamente con los Servicios de esta Jefatura en lo relativo a las materias que sean competencia específica de éstos.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Por la Subdirección General de Apoyo se dictarán cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de esta Orden General.

En el plazo de 6 meses, la Jefatura y los Servicios Técnicos confeccionarán y adaptarán a la presente Orden General los manuales de la Jefatura y de los Servicios para completar y detallar su organización, instrucción, procedimiento y modalidades de empleo que se propondrán a la Subdirección General de Apoyo para su aprobación y difusión.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

La presente Orden General entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Cuerpo

EL DIRECTOR GENERAL,

Santiago López Valdivielso